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Solicitar una Visado para España en Jordan

Visa de estudiante

Visa para estancias superiores a 90 días para estudios, formación, prácticas o trabajo voluntario. Este visado también se puede expedir para estancias de au pairs y asistentes de clases de conversación.

Las estancias de estudios inferiores a 90 días no requieren visa de estudios. Dependiendo de la nacionalidad del solicitante, es posible que se requiera una visa para estancias de corta duración (ver "Visas Schengen").

Podrán obtener visa para acompañar al estudiante los siguientes familiares:

  • El cónyuge o pareja de hecho.
  • Niños que sean menores de edad o que tengan alguna discapacidad.
  • Las visas para familiares de estudiantes no constituyen permisos de trabajo.

Actividades para las cuales se puede obtener una visa de estudio

  • Estudios a tiempo completo en un colegio autorizado que conducirán a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Estudios de doctorado.
  • Actividades de formación.
  • Programas de movilidad de estudiantes de nivel de educación secundaria obligatoria y/o no obligatoria en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Prácticas de formación en organismos o entidades públicas o privadas que no pueden cubrirse con visados de prácticas (ver “Visado de prácticas").
  • Servicios de voluntariado en el marco de programas que persiguen objetivos de interés público.
  • Programas au pair.
  • Asistentes de clases de conversación.

Tenga en cuenta: Hay un cargo por servicio de 13.100 JOD por solicitud además de las tarifas de visa que deben pagar todos los solicitantes.

Categorías Tasas de Visado (In JOD)
Visa de Estudiante 62.000 JOD

Todos los pagos se cobrarán en moneda local (solo efectivo) según el tipo de cambio local.

Las tarifas de Visa se pueden pagar únicamente en efectivo. Está sujeto a cambios sin previo aviso. La tarifa no es reembolsable. Las siguientes categorías de solicitantes de estadías cortas están exentas de las tarifas de Visa únicamente: Niños menores de 6 años.

Todas las tarifas no son reembolsables.

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Tomado contra el blanco de modo que las características sean distinguibles y contraste contra el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, atuendo, salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta. El centro cuenta con una cabina fotográfica (fotomatón) que cumple estos requisitos.

El tiempo de procesamiento de la visa debe ser de un mínimo de 15 a 45 días hábiles.

Si desea visitar España por un período corto de tiempo, debe obtener una visa antes de ingresar si proviene de un país que requiere visa para ingresar a España.

Los visados de corta estancia permiten a su titular transitar o permanecer en territorio español y todos los demás Estados Schengen durante un periodo máximo de tres meses (90 días) dentro de un plazo de seis meses (180 días) desde la fecha de entrada en el Espacio Schengen. Deberán estar en posesión de este visado los nacionales de países incluidos en la lista de países con obligación de portar visado para cruzar fronteras exteriores. Haga clic en la categoría de visa correspondiente para obtener más información.

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